Tec IA

NOM-001-SCFI-2018

TEC-IA dispone de un Organismo de Certificación que abarca las 7 secciones de productos conforme a la NOM-001-SCFI-2018, además de contar con un Laboratorio de Pruebas de amplio alcance para evaluar sus equipos o sistemas electrónicos.  

Objetivo:

La presente Norma Oficial Mexicana establece las características y requisitos de seguridad que deben cumplir los equipos electrónicos fabricados, importados, comercializados, distribuidos o arrendados en México. Su objetivo es prevenir peligros para los consumidores y proteger sus bienes al evitar daños inaceptables, considerando el uso previsto de los equipos y anticipando el mal uso razonablemente previsible durante instalación, conservación y uso. La norma se centra en:

a) Protección contra choque eléctrico;

b) Protección contra peligros mecánicos;

c) Protección contra radiación óptica;

d) Protección contra fuego;

e) Protección contra efectos térmicos; y

f) Protección contra efectos biológicos y químicos.

Especifica requisitos para reducir riesgos de fuego, choque eléctrico o lesiones tanto para operadores como para personal no profesional que pueda interactuar con el equipo, así como para el personal de mantenimiento cuando sea necesario. Su objetivo es mitigar riesgos asociados al equipo instalado, ya sea en sistemas interconectados o unidades independientes, siguiendo las instrucciones del fabricante en instalación, funcionamiento y mantenimiento.

No aborda el desempeño, la aptitud para la función o las características operativas de los equipos electrónicos.

Campo de aplicación:

(Lista enunciativa más no limitativa)

  • Radios receptores de una o más bandas de frecuencias comerciales y una o más modalidades de modulación de la portadora.
  • Pantallas de televisión de cualquier tecnología.
  • Proyectores de video, excepto los que estén asociados a un equipo o sistema de procesamiento de datos.
  • Amplificadores de sonido y/o visión.
  • Reproductores y/o grabadores de sonido e imagen de cualquier tecnología (acetato, cinta magnética, discos digitales, memorias digitales, etc. Tales como cámaras fotográficas, equipos de dictado, grabadoras de voz, equipos modulares, teatros en casa, barras de sonido, etc.).
  • Cajas acústicas con amplificador integrado.
  • Controles remotos.
  • Convertidores y amplificadores de señales de antena.
  • Monitores de circuito cerrado de televisión y video monitores que no estén asociados con equipos con procesamiento de datos.
  • Fuentes separadas para la alimentación de aparatos y sustitución de pilas y baterías, sistemas electrónicos de energía ininterrumpida (UPS) y cargadores de pilas y baterías.
  • Instrumentos musicales electrónicos.
  • Videojuegos y aparatos generadores de videojuegos que se acoplan a T.V. o monitores.
  • Bocinas, altavoces y bafles activos.
  • Sistemas de alarmas y video vigilancia.
  • Sistemas de comunicación tales como walkie talkies y similares, aun si se consideran como juguetes.
  • Equipamiento educativo de audio y/o vídeo.
  • Cámaras de vídeo.
  • Posicionadores de antenas.
  • Equipo de banda civil (ciudadana).
  • Equipo de intercomunicación que utiliza la red de baja tensión como medio de transmisión.
  • Receptores de televisión.
  • Equipo multimedia, que no sea un equipo de procesamiento de datos o esté asociado directamente a un equipo de procesamiento de datos.
  • Flash electrónico.
  • Máquinas de entretenimiento y de servicio personal.
  • Hornos de microondas.
  • Máquinas para manejo de dinero (Contadoras).
  • Juguetes electrónicos.
  • Equipo electrónico profesional (cámaras fotográficas, cámaras de video).
  • Accesorios electrónicos tales como generadores de ritmos, generadores de tonos (como equipo individual), sintetizadores, musicales y todo lo que se use con instrumentos electrónicos y no electrónicos.